Tuesday, January 19, 2010

Anulado despido de una cajera en excedencia



En un comunicado realuzado por el sindicato USO, que representaba a la cajera despedida, ha explicado que la trabajadora prestaba sus servicios en un establecimiento de la cadena Lupa en la calle Julián Ceballos, de Torrelavega, y que solicitó una excedencia por cuidado de un hijo menor de enero de 2008 a febrero de 2009.
Durante parte de ese periodo, la trabajadora prestó servicios en la empresa Carrefour, de Torrelavega, competencia de la anterior, aunque tras finalizar la excedencia reclamó su reincorporación a la primera empresa y ésta procedió a su despido.

El auto del TSJC ratifica un dictamen previo del Juzgado de lo Social Número de Santander, y mantiene la condena impuesta a la cadena supermercados Lupa, que justificó el despido de esta trabajadora alegando una falta al deber de buena fe.

El Juzgado de lo Social y ahora el TSJC hacen constar en sus autos que los trabajos de cajera a que se dedicó la trabajadora en una y otra empresa "no exigen cualificación especial, ni implican que por su posición en la empresa demandada, pueda utilizar experiencia o perfeccionamiento profesional en provecho de la otra".

Según USO, ambas instancias afirman que no puede considerarse que la actuación de la trabajadora (una cajera) permitiera desviar clientela de una empresa a otra como argumentaba Lupa, con lo que no puede argumentarse que haya incurrido en una actuación desleal, a pesar de que pueda haber ejercido la misma o similar actividad.

En la actualidad, la trabajadora ha sido reintegrada a su inicial puesto de trabajo y presta servicios en el supermercado de la calle Julián Ceballos, de Torrelavega.

Fuente: abc.es

No comments:

Post a Comment