Las ocho jornadas de apertura al público en festivo en Andalucía fijadas para 2011 son:
- el 2 de enero (domingo)
- el 3 de julio (domingo)
- el 12 de octubre (miércoles)
- el 1 de noviembre (martes)
- el 4 de diciembre (domingo)
- el 11 de diciembre (domingo)
- el 18 de diciembre (domingo)
- el 26 de diciembre (lunes).
La ley que regula el sector en Andalucía establece que tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura los establecimientos de pastelería y repostería, pan y platos preparados, prensa, combustibles y carburantes, floristerías y plantas; las denominadas tiendas de conveniencia; y los comercios instalados en puntos fronterizos y en estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
También tendrán libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de aquellos que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme o que operen bajo el mismo nombre comercial de éstos.
Por otro lado podrán abrir libremente los comercios de zonas declaradas de gran afluencia turística, que son aquellos términos municipales o parte de los mismos en los que la media ponderada anual de población es superior al número de residentes en determinadas épocas del año.