
Parece que ultimamente el tribunal supremo se esta pronunciando a favor de los empleados en este sentido, tal y como sucedió hace poco con otra sentencia de este tribunal por la que condenaban a Carrefour a cumplir este precepto referido a organizar el trabajo de tal manera, que los empleados que trabajen de lunes a sábados disfruten de 48 horas de descanso semanal.
Este fallo ratifica sentencias previas de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo en los casos de Carrefour, Alcampo y Leroy Merlin, por lo que, parece queda más claro que los descansos que garantiza el Estatuto de los Trabajadores en cómputo semanal y en cómputo diario no pueden solaparse.
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